21 de abril de 2023
Tener mascota es algo frecuente y ya es una realidad el tema de las custodia compartida de las mascotas. ¿Qué ocurre cuando una pareja se separa? ¿Quién se queda con la mascota? Es un tema que puede generar mucha controversia y dolor, sobre todo cuando los dos miembros de la pareja quieren quedarse a la mascota, al existir un sentimiento de apego muy importante. La buena noticia, es que en España ya se contempla lo que se conoce como custodia compartida de las mascotas. Si estás en esta situación, que sepas que la puedes solicitar.
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A día de hoy, tras un cambio en la ley civil, las mascotas ya no son consideradas como propiedad privada, sino que son reconocidas como un miembro más de la familia. Son reconocidas, por fin, como criaturas sensibles o seres sintientes, lo que abre la puerta a un sistema de custodia compartida de perros, gatos u otro tipo de mascota en caso de divorcio o separación.
Hasta ahora, se gestionaba de una forma diferente. Las mascotas eran consideradas como "cosas" y directamente se la quedaba la persona que aparecía en la tarjeta veterinaria (el titular de la mascota). Ello podía generar controversia. Tras la modificación de la legislación civil, las cosas han cambiado. Ya se tiene derecho a la custodia compartida de las mascotas.
Lo ideal es que ambas partes lleguen a un mutuo acuerdo. Pero de no ser así, el juez tomará una decisión en la que prevalecerá, por encima de los intereses de las partes, el bienestar del animal. En muchos casos, lo que se fija es una custodia compartida, de tal forma que la mascota pasa unas temporadas con uno y otras temporadas con otro. El funcionamiento es similar a la que se establece para los hijos de parejas separadas o divorciadas.
Principalmente, cumplir con el régimen de visitas y repartir las responsabilidades en cuanto a los cuidados de los animales. Por ejemplo, compartir gastos de manutención del animal, gastos de veterinario u otros gastos extraordinarios como por ejemplo, una operación quirúrgica, tratamientos, etc.
Bien es cierto que la reforma sólo se puede aplicar a parejas casadas o parejas de hecho, puesto que son las únicas que se pueden divorciar o separar legalmente. Por lo tanto, parejas que no están casadas o inscritas como pareja de hecho y, se separan, podrían tener alguna dificultad más para administrar la custodia compartida de su mascota.
No obstante, si se llega a los tribunales, es muy probable que los jueces apliquen los mismos principios y criterios que se utilizan para un divorcio o separación legal, pudiendo alcanzar igualmente un acuerdo para la custodia compartida.
Como abogados especializados en la custodia compartida de mascotas, recuerda que puedes contarnos tu caso para que podamos ayudarte y velar por tus intereses. Nuestra asesoría te será de ayuda en un caso que es muy nuevo y reciente, y sobre el cual todavía queda un largo camino que recorrer. Infórmate sin compromiso.
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