13 de septiembre de 2015
"Ocupas, ¿cómo echarlos?" Esta pregunta sobre qué hacer si te ocupan la casa se la hacen muchas personas cada día que están sufriendo el drama de la okupación de viviendas. Como abogados especializados en el ámbito de la ocupación de viviendas, en la siguiente guía te contamos que hacer en caso de ocupación, tanto si se trata de vivienda habitual como de segunda residencia.
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A la hora de echar a un okupa de una vivienda, el camino legal a seguir es distinto si este problema afecta a una vivienda habitual, a una segunda residencia o bien a una casa vacía.
Si te ocupan la casa y afecta a la vivienda habitual hablaríamos de un delito de allanamiento de morada recogido en el Código Penal y que permitiría a la policía desalojar la vivienda en el mismo momento. En estos casos, las primeras 24-48 horas son clave.
Si afecta a una segunda residencia habría que ir por la vía civil y se hablaría de un desahucio por precario. La realidad es que la vía penal es más rápida si te ocupan la casa, pero los pasos a seguir dependerán y mucho de la tipología de vivienda.
¿Qué hacer si te ocupan la casa cuando se trata de una vivienda habitual? Lo primero que tienes que hacer en caso de ocupación pasa por ir a la comisaría e interponer una denuncia. Necesitarás llevar las escrituras de la vivienda y todo lo que te ayude a demostrar que es tu casa y que te la han okupado, como imágenes de la alarma. Con todo sobre la mesa, la policía nacional irá a tu domicilio de forma inmediata. Si la cerradura está forzada deberá constar en el atestado.
No obstante, para que el desalojo de los ocupas sea inmediato, es fundamental que el propietario detecte la okupación en las primeras 24-48 horas. Por eso es tan importante tener la alarma activada en casos de vacaciones o salidas fuera de la ciudad.
En el caso de las viviendas vacías o de segundas residencias, los trámites son diferentes debido a que ya no se protege la morada de la persona debido a que el inmueble está vacío. Lo que se protege es la propiedad y posesión de dicho inmueble, por eso la ley ofrece una solución diferente y el desalojo se vuelve más complicado si te ocupan la casa.
En estos casos, habría que interponer una demanda en el juzgado de primera instancia y el juez es quien deberá admitirla o no a trámite. Se notifica a los okupas y tienen de 5 a 10 días para acreditar las escrituras de la propiedad. Si no lo hacen, se dictará la fecha del lanzamiento. El trámite puede llegar a tardar incluso un año, con lo cual se vuelve más delicado que para el caso de primera residencia.
Esperamos que esta guía te haya aclarado tus dudas sobre como echar okupas de una vivienda y los trámites y procedimientos a seguir. Recuerda que en Cañizares Abogados estaremos encantados de llevar tu caso para que el desalojo sea lo más inmediato posible. Contacta con nosotros.
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