27 de enero de 2015
Son muchas las preguntas que surgen cuando damos positivo en un control de alcoholemia... ¿Cuándo se considera delito un positivo en un control de alcoholemia? ¿Me van a quitar el carné de conducir al haber dado positivo en un control de alcoholemia?
Los límites actuales de alcoholemia son:
Conductores en general: 0,5 g/l en sangre, 0,25 mg/l en aire aspirado.
Conductores noveles y profesionales: 0,3 g/l en sangre, 0,15 mg/l en aire aspirado.
En cualquier control de la policía o Guardia Civil, tras una primera prueba, si el resultado es positivo, para una mayor garantía y a efectos de contraste, se practicará una segunda prueba. Entre la primera y la segunda prueba debe mediar un tiempo mínimo de diez minutos.
Bien es cierto que el conductor puede solicitar incluso una tercera prueba si no está conforme con los resultados de las dos primeras. Es optativa y consistiría en un análisis de sangre. En este caso, el interesado deberá abonar previamente el coste del análisis de sangre. Si la prueba arrojase resultado negativo, se le devolverá el depósito pagado.
Si se superan los límites antes mencionados, habremos dado positivo en un control de alcoholemia, lo que, sin duda, va a tener consecuencias muy graves, tanto administrativas como económicas, e incluso penales, como veremos a continuación.
Contenidos
Es importante destacar que, actualmente, un positivo en un control de alcoholemia puede limitarse a una irregularidad administrativa, lo que conllevará el pago de una multa y la posibilidad de perder el carné de consumir durante un tiempo determinado, que dependerá de la gravedad de la sanción.
Sin embargo, un positivo en un control de alcoholemia puede, además, constituir un delito, lo que sin duda no es una buena noticia para el denunciado. Un positivo en un control de alcoholemia será siempre delito si la prueba de alcoholemia da un resultado superior a 0.60 miligramos por litro en aire espirado o, si medimos el alcohol mediante análisis de sangre, 1,2 gramos por litro.
En este caso, la cosa se complica aún más.
De hecho, de forma inmediata, se procederá a inmovilizar el vehículo y se citará al conductor para un procedimiento judicial por delito de alcoholemia. Nos encontramos ante lo que se conocen como juicios rápidos, que se celebran a los pocos días -a veces horas- desde los hechos.
Para el juicio rápido, recomendamos sin duda asistir acompañado de abogado especializado en alcoholemia. Un abogado con experiencia podrá verificar que todo el proceso policial se realizó conforme a la Ley.
Si efectivamente todas las pruebas se han realizado correctamente, hay que plantearse la posibilidad de alcanzar una conformidad con el Ministerio Fiscal. Esto requerirá de un abogado con experiencia en alcoholemia, que pueda negociar la mínima condena posible.
Si hay conformidad, en el mismo acto el juez dictará sentencia.
Si no hay conformidad se nos citará para celebración de juicio oral en el Juzgado de lo Penal correspondiente, para lo que, sin duda, insistimos en la conveniencia de contar con un abogado experto en delitos de alcoholemia, ya que nos estaremos jugando mucho en el envite.
Las penas por el delito de alcoholemia contempladas en el Código Penal son:
Se impondrá una de ellas y siempre llevará aparejada la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores desde 1 hasta 4 años.
Se tratan pues de situaciones muy penadas que,al igual que otros delitos que hemos analizado en este blog, requieren de abogados expertos en delitos de alcoholemia que comprueben que todo el proceso ha respetado la Ley y, en su caso, obtener una libre absolución o la mínima condena posible.
Si se encuentra en esta situación, déjenos aquí sus datos y contactaremos con usted de forma inmediata, incluso fines de semana.
Elena Aguado. Colaboradora en Dpto. Derecho Penal.
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