6 de marzo de 2016
Muchos clientes nos preguntan cómo saber si una tarjeta o préstamo es abusivo. En estos días tan complejos que nos está tocando vivir, parece una buena opción pararse a reflexionar y analizar los productos financieros que tenemos. Tanto las hipotecas como los préstamos personales y tarjetas son una parte fundamental en la economía familiar y resulta básico conocer qué tipos de intereses, comisiones o seguros nos están cobrando.
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Podemos responder a la pregunta de cómo saber si una tarjeta o préstamo es abusivo atendiendo principalmente al contrato suscrito con la entidad financiera cuando se contrató el préstamo.
Aunque no lo recordemos, en algún momento debimos firmar, ya fuera de forma manuscrita o digitalmente, un contrato. Bien es cierto que, en algunos casos, nos hemos encontrado con clientes que ni siquiera habían firmado un contrato. En ese caso, obviamente, la posibilidad de anular el contrato resulta muy sencilla por cuanto el cliente nunca prestó su consentimiento. Las cláusulas abusivas caen en ese caso como un castillo de naipes.
Por tanto, si disponemos de una copia del contrato, ahí podremos encontrar las condiciones de nuestro préstamo o tarjeta. Uno de los principales indicadores que debemos observar para responder a la pregunta de cómo saber si una tarjeta o préstamo es abusivo es el TAE (Tasa Anual Equivalente). Este indicador se empezó a utilizar a partir de los ’90 como una referencia para saber el coste real del préstamo y comparar ofertas. Y se calcula teniendo en cuenta tanto el tipo de interés como las comisiones y el plazo de la operación. Si el TAE es superior al 20%, es posible que el préstamo sea abusivo e incluso, usurario. Ello puede provocar la nulidad del contrato y la consiguiente devolución de cantidades pagadas de más al banco o entidad financiera.
La experiencia nos demuestra que, en muchos casos, el cliente no dispone de una copia de su contrato. Ya sea por la antigüedad del préstamo o por cualquier otra circunstancia, si no disponemos de una copia del contrato, en teoría debería ser sencillo obtener una copia de éste.
En primer lugar, algunas entidades financieras permiten obtener una copia del mismo mediante la banca electrónica. Si ese es su caso, perfecto.
Si no es su caso, siempre puede pedirle una copia a la propia entidad, que está obligada a facilitársela. A estos efectos, debe dirigirse al Servicio de Atención al Cliente de la entidad financiera en cuestión.
Si ni por esas puede obtener una copia del contrato, para hacer un primer análisis de abusividad, debería bastar con un recibo reciente. Normalmente los recibos indican el tipo de interés que se está aplicando, lo que puede darnos una idea de las condiciones del préstamo.
Sin perjuicio de lo anterior, de lo que no cabe duda, hoy más que nunca es que, para defender nuestros derechos, debemos contar con abogados especializados en productos bancarios (hipotecas, préstamos o tarjetas). Entre otras cosas, porque los bancos disponen de cientos de ellos y no nos lo van a poner fácil.
En Cañizares Abogados llevamos años defendiendo los derechos de nuestros clientes y obteniendo acuerdos extrajudiciales y sentencias favorables para ellos. Nuestro mejor aval son los miles de clientes que han conseguido anular sus contratos con cláusulas abusivas (cláusula suelo, IRPH, nulidad de préstamos y tarjetas por abusividad o usura y un largo etcétera…) y recuperar su dinero. Dinero que se recupera con intereses y en muchos casos, con la condena al banco a pagar las costas y gastos judiciales.
Si quiere saber más sobre productos bancarios, puede acudir a nuestro blog.
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