9 de mayo de 2023
El Tribunal Supremo acaba de asestar un golpe definitivo a los bancos en su lucha por la defensa de los compradores de vivienda sobre plano, en construcción, y vieron cómo su dinero desaparecía por quiebra de la promotora o constructora, por problemas en su cooperativa o cualquier otra causa ajena a su voluntad. Si quieres saber cómo recuperar el dinero de tu vivienda, esto te interesa.
Si estás en ese caso y perdiste el dinero entregado a cuenta para la compra de tu vivienda, ahora puedes reclamárselo al banco y recuperarlo, con intereses.
¿Cómo y por qué puedes recuperar tu dinero?
Hasta ahora, para recuperar tu dinero necesitabas disponer de avales de un banco o compañía de seguros, que en muchos casos nunca eran entregados al comprador para evitar exactamente eso… que en caso de problemas con la entrega de la vivienda, el comprador recuperara su dinero.
Sin embargo, ahora el Tribunal Supremo ha dejado claro que ya no es necesario disponer de esos avales, sino que cualquier cantidad que el comprador hubiera ingresado en un banco para la compra de su vivienda, está amparada por la Ley 57/68 y en consecuencia, el banco debe devolverla con intereses.
¿Quién puede recuperar el dinero?
Cualquier persona consumidor y usuario, incluyendo sociedades limitadas, cooperativas y demás. Es sencillo si sabes cómo recuperar el dinero de tu vivienda.
¿Dónde está la novedad?
En primer lugar, en que es el banco quien debe devolver el dinero, siendo indiferente que la promotora o la constructora o la cooperativa estén en concurso de acreedores (antigua quiebra o suspensión de pagos). Y dado que el banco siempre es solvente, siempre se recupera el dinero.
En segundo lugar, que basta con que el comprador de la vivienda ingresara el dinero en un banco, sin que resulte necesario que sea una cuenta especial concertada entre el promotor-vendedor y el banco como cuenta ligada a la línea de avales.
¿Cuáles son los requisitos?
Tan sólo se exige que el dinero fuera ingresado en un banco y que la construcción de la vivienda no se iniciara o no concluyera en el plazo previsto.
¿Qué plazo tengo para reclamar?
Esta es una de las mejores noticias, ya que se ha establecido un plazo para presentar la demanda de 15 años desde que se pagaron las cantidades.
¿Cuál es el coste?
Prácticamente cero; estamos tan convencidos de que podemos recuperar tu dinero que te ofrecemos diferentes opciones, con o sin provisión de fondos, para que al final el coste sea cero y todos los gastos los pague el banco.
Contacta con Cañizares Abogados y te haremos un estudio de viabilidad totalmente gratuito para que sepas cómo recuperar el dinero de tu vivienda.
Dpto. de Derecho Bancario y Procesal.
Cañizares Abogados.
9 de mayo de 2023
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